viernes, abril 26, 2024

Metodología del semáforo de transparencia de ‘Sabemos lo que hiciste la legislatura pasada’

Cuestión Pública abanderó la apertura de la información de la declaración juramentada de bienes y rentas, el registro de conflicto de interés, y la declaración de impuesto sobre la renta de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) de los congresistas mucho antes de la Ley 2013 de 2019, lo hicimos desde el año 2018. Fruto de nuestro esfuerzo y litigio ahora liberamos todos los documentos que hemos obtenido en más de dos años de trabajo para el mejoramiento de la transparencia en los poderes legislativos y el fortalecimiento de la relación de los ciudadanos con sus representantes.

Cuestión Pública envió dos derechos de petición a 89 senadores, el 20 de septiembre de 2019 y el 12 de febrero de 2020, allí solicitamos información como la más reciente declaración juramentada de bienes y rentas de la Función Pública de los congresistas, el registro de intereses consignado en la Secretaría del Senado, la declaración del impuesto sobre la renta de la Dian, información de su actividad económica y la lista de los integrantes de su Unidad de Trabajo Legislativo (Utl). No todos los senadores respondieron a nuestro derecho de petición, otros respondieron parcialmente y otros entregaron la información que les solicitamos y respondieron a todas nuestras preguntas. 

A través del semáforo de transparencia Cuestión Pública mide la transparencia de los congresistas y la apertura de información sobre su actividad económica privada, declaración de renta, y declaración juramentada de bienes y rentas. Este semáforo permite valorar la transparencia y el nivel de cumplimiento de los congresistas según la Ley 2013 de diciembre de 2019, que los obliga a publicar su declaración juramentada de bienes y rentas; el registro de conflicto de interés, y la declaración del impuesto sobre la renta de la Dian.

El semáforo clasifica la transparencia de los congresistas en tres niveles: rojo, amarillo o verde, donde el rojo significa opacidad y la verde transparencia. 

Y a su vez asignamos una escala numérica que va de 1 al 8. El puntaje aparece como el numerador de una fracción (cuanto más bajo sea, menor transparencia tendrá el o la congresista) y el denominador será siempre el número ocho, que es la más alta puntuación de transparencia en nuestra clasificación. Ejemplo 7/8 

Cada aspecto que Cuestión Pública examinó tiene una nota que varía entre 0 y 1, donde 0 significa no y 1 significa

En el campo “Facilitación de acceso a la información” la puntuación puede ser negativa y resta puntos por tratarse de los obstáculos que enfrentamos para acceder a la información sobre el registro de conflicto de interés; la declaración juramentada de bienes y renta, y la declaración del impuesto sobre la renta de la Dian.

1.

Declaración del impuesto sobre la renta de la Dian: 

¿Entregó o publicó la declaración de renta de la Dian?

Asignamos 0 en todos los casos en los que el o la congresista negó la entrega de la declaración de renta de la Dian. 

Asignamos 1 para todos los casos en los que el o la congresista entregó al menos una de sus declaraciones de renta de la Dian.

2.

Registro de bienes y rentas (declaración juramentada de bienes y rentas):

¿Entregó o publicó la declaración juramentada de bienes y renta?

Asignamos 0 en todos los casos en los que el o la congresista negó la entrega de la declaración juramentada de bienes y rentas.

Asignamos 1 para todos los casos en los que el o la congresista entregó al menos una de sus declaraciones juramentada de bienes y rentas

3.

Registro de conflicto de interés:

¿Entregó o publicó el registro de conflicto de interés?

Asignamos 0 en todos los casos en los que el o la congresista negó la entrega del registro de conflicto de interés o registro de intereses privados.

Asignamos 1 para todos los casos en los que el o la congresista entregó al menos un registro de conflicto de interés o registro de intereses privados.

4.

Actividad económica privada:

¿Incluyó dentro del registro de conflicto de interés su actividad privada anterior y vigente al cargo?

Se asignará 0 si el o la congresista no entregó y/o publicó su información de actividad económica en la declaración de bienes y rentas y registro de conflicto de interés. Y cuando el o la congresista omitió información.

Se asignará 1 cuando el o la congresista entregó y/o publicó sin omisiones su información de actividad económica en la declaración de bienes y rentas y registro de conflicto de interés.

5.

Actividad económica de cónyuges y familiares hasta cuarto grado de consanguinidad:

¿Incluyó dentro del registro de conflicto de interés los de su cónyuge, compañera, o parientes hasta un cuarto grado de consanguinidad?

Asignamos 0 cuando el o la congresista no respondió la pregunta que Cuestión Pública formuló en el derecho de petición enviado o no fue claro en su respuesta.

Asignamos 1 cuando el o la congresista respondió la pregunta que Cuestión Pública formuló en el derecho de petición enviado y fue claro en su respuesta.

6.

Ley 2013 de 2019 (documentos publicados en el Sigep):

¿Publicó su declaración juramentada de bienes y rentas, y el registro de conflicto de interés según la Ley 2013 de 2019?

Asignamos 0 cuando el o la congresista no subió ningún documento al Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (Sigep). Y cuando el o la congresista subió tan solo una de las dos declaraciones a las que está obligado: la declaración de renta de la Dian, o la declaración juramentada de bienes y rentas.

Asignamos 1 cuando el o la congresista publicó en el Sigep las dos declaraciones que la Ley 2013 de 2019 le obliga.

7.

Unidad de Trabajo Legislativo (Utl):

 ¿Entregó o publicó la lista de miembros de su Unidad de Trabajo Legislativo (Utl)?

Asignamos 0 si Cuestión Pública no obtuvo la lista de la Utl del o la congresista ni por la página web del Senado ni por derecho de petición.

Asignamos 1 si Cuestión Pública obtuvo la lista de la Utl del o la congresista a través de la página web del Senado o por la respuesta de la Secretaría del Senado o senador, a nuestro derecho de petición.

8.

Facilitación de acceso a la información:

¿Facilitó el acceso a la información de su actividad privada; declaración de bienes y rentas, y declaración de impuesto sobre la renta?

Asignamos 1 si Cuestión Pública no tuvo problema en obtener la información de la declaración juramentada de bienes y rentas; el registro de conflicto de interés, y la declaración del impuesto sobre la renta de la Dian.

Asignamos un -1 por el largo periplo que Cuestión Pública tuvo que sortear para obtener estos tres documentos: la declaración juramentada de bienes y rentas; el registro de conflicto de interés, y la declaración del impuesto sobre la renta de la Dian. Desde el envío de derechos de petición hasta la interposición de una tutela. El máximo puntaje negativo en este aspecto es -3 sumando obstáculos presentados en los tres documentos.