Los seis regaños de la Corte al presidente Petro por fomentar la violencia machista contra mujeres periodistas

La Corte Constitucional ordenó a Gustavo Petro retractarse y pedir disculpas públicas a las mujeres periodistas, al concluir que llamarlas “muñecas de la mafia” vulneró sus derechos y alimentó violencia de género contra la prensa.

Los seis regaños de la Corte al presidente Petro por fomentar la violencia machista contra mujeres periodistas

(08/05/2026)

La Corte Constitucional ordenó a Gustavo Petro retractarse y pedir disculpas públicas a las mujeres periodistas, al concluir que llamarlas “muñecas de la mafia” vulneró sus derechos y alimentó violencia de género contra la prensa.

La frase fue pronunciada por Petro el 30 de agosto de 2024 durante la posesión de la defensora del Pueblo, Iris Marín, y retransmitida posteriormente como alocución presidencial. Allí el mandatario afirmó que “las periodistas del poder, las muñecas de la mafia, construyeron la tesis del terrorismo en la protesta”.

El texto de la decisión estuvo listo desde octubre de 2025; sin embargo, las partes fueron notificadas este 5 de mayo de 2026.

El tribunal sustentó al menos en seis hechos su decisión: el primero,  encontró que no se trató de una opinión aislada ni de una metáfora política desafortunada. El alto tribunal le dio la razón a las accionantes sobre que la expresión usada por el presidente reprodujo estereotipos machistas y misóginos.

 «Usar ese calificativo para referirse a las mujeres periodistas conlleva el mensaje de que son objetos sometidos a la voluntad de criminales. Esto conlleva un estereotipo» y también «deslegitima el ejercicio profesional y laboral de las periodistas», señaló el tribunal en su el fallo.

Asimismo, manifestó que «el discurso del Presidente constituyó un mensaje de violencia basada en género al estigmatizar a la población femenina que se dedica al oficio del periodismo».

El segundo es que se argumentó que el Presidente no habla desde un lugar neutral. La Corte reiteró la responsabilidad de los funcionarios públicos, especialmente quien ocupa ese alto cargo, en la redes: «Al momento de emitir su opinión, al Presidente de la República no le es exigible que su apreciación goce de una objetividad estricta (…) si un alto dignatario emite mensajes, tiene que ser consciente que estos, inevitablemente, tendrán una mayor difusión e impacto en la sociedad».

El fallo concluyó que las palabras del Presidente tuvieron efectos reales. Ese fue uno de los puntos centrales del tercer hecho, ya que, tras el discurso, miles de usuarios replicaron el calificativo “muñecas de la mafia” para atacar a mujeres periodistas en redes sociales. Según el expediente, hubo cientos de miles de publicaciones relacionadas con la frase y una escalada de violencia digital contra periodistas y columnistas.

La Corte encontró que «el mensaje transmitido por el Presidente vulneró la dimensión individual de la libertad de expresión al generar un ambiente violento y discriminatorio que a su vez amenaza la posibilidad de que las mujeres periodistas ejerzan de manera libre su oficio y participen activamente en el debate público».

Como cuarto hecho, la Corte también subrayó que las declaraciones no ocurrieron en un espacio privado o informal. El Presidente dio estas declaraciones, que fueron transmitidas, y «tuvieron una alta capacidad de penetración en la sociedad debido al mecanismo de divulgación seleccionado, lo cual, a su vez, generó un impacto inmediato sobre la audiencia».

Durante el proceso, el presidente Petro argumentó que posteriormente había aclarado en redes sociales que “las periodistas no son muñecas de la mafia” y que había expedido una directiva presidencial sobre libertad de expresión. Sin embargo, la Corte consideró insuficientes esas actuaciones.

El alto tribunal sostuvo como otro de los hechos que no hubo una retractación clara y directa. «La manifestación efectuada por el accionado en la red social X no persigue una finalidad de remediar la vulneración contra los derechos fundamentales de las periodistas, ni mucho menos de enmendar o modificar lo dicho en un sentido reparador».

Finalmente, la Corte concluyó que el Estado tiene la obligación de prevenir discursos que perpetúen violencia simbólica, discriminación y subordinación contra las mujeres, especialmente cuando provienen de altos funcionarios públicos.

Por lo anterior, la Corte Constitucional ordenó al presidente Gustavo Petro lo siguiente:

  • Retractarse y ofrecer disculpas públicas, en un tiempo hábil de cinco días tras conocerse la decisión.
  • Incluir una nota aclaratoria en los espacios donde permanezca publicada la alocución.
  • Abstenerse de emitir mensajes que vulneren los derechos de las mujeres periodistas.
  • Evitar expresiones discriminatorias o basadas en violencia de género.

La sentencia marca un precedente relevante sobre los límites del discurso de altos funcionarios —en este caso, el Presidente de la República— y sobre la violencia de género contra mujeres periodistas en Colombia, en un contexto donde las agresiones digitales y la estigmatización continúan siendo una de las principales amenazas para el ejercicio libre del periodismo.

*Esta nota utilizó inteligencia artificial como herramienta de apoyo para analizar el fallo judicial.