#HiloCuarentenaNacional
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#ÚLTIMOMOMENTO El presidente @IvanDuque acaba de anunciar en su cuenta de twitter que el Aislamiento Preventivo Obligatorio se extenderá hasta 26 de abril a las 11:59 p.m. Además agregó que “las medidas tomadas han sido positivas”.
Las medidas tomadas han sido positivas. Teniendo en cuenta el comportamiento del virus e información de salud pública analizada, hemos tomado la decisión de mantener el Aislamiento Preventivo Obligatorio hasta el 26 de abril a las 11:59 p.m. Nuestro reto es seguir salvando vidas.
— Iván Duque 🇨🇴 (@IvanDuque) April 6, 2020
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#IMPORTANTE El presidente Iván Duque dejó abierta la posibilidad de ampliar la cuarentena, así lo dijo en una entrevista a Caracol Radio, “es un fenómeno que va a estar presente durante varios meses”.
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La alcaldesa de Bogotá @ClaudiaLopez también se refirió al alargue de los días de aislamiento, en pregunta a Yamid (30/03/2020): «Debemos mentalizarnos en que tal vez debemos estar en una cuarentena alrededor de tres meses», dijo.
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Aún no hay nuevas fechas. Seguimos con el decreto 457, cuyo aislamiento decretado por el presidente @IvanDuque va desde el 25 de marzo a las 00:00 hasta el 13 de abril (19 días). Atentos, hay 34 casos o actividades en las que se permite circular. Aquí te contamos cuáles son:
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Prestación de servicios de salud, adquisición de bienes de primera necesidad, servicios bancarios y notariales, cuidado de personas mayores de 70 años y menores de 18, también personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales.
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Los centros comerciales estarán abiertos para que el público compre suministros de salud y víveres.
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Las labores de misiones médicas también podrán circular, como organismos internacionales de salud, servicios de emergencia humana y animal.
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Podrán circular personas que hagan parte de la cadena de producción, para abastecer, almacenar, transportar, comercializar y distribuir productos farmacéuticos, víveres, productos de limpieza y desinfección, además aseo personal para hogares y hospitales.
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Todas las personas que realicen actividades que permitan el mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de servicios públicos como acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público y aseo.
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Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado. Podrán circular los servidores públicos que sean necesarios para prevenir y moderar la emergencia generada por el COVID-19.
-Mujeres que darán a luz
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Servicios funerarios, entierros y cremaciones.
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El servicio de domicilios puede llevar productos de abastecimiento, alimentos preparados o no, y medicinas. Las plataformas digitales que prestan este servicio también estarán en funcionamiento.
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Servicios de radio, prensa, televisión y distribución de medios de comunicación.
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Personas que realicen actividades de vigilancia, seguridad privada, carcelarios y penitenciarios. Como lo afirma el Decreto 457: ”Las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas e identificadas en el ejercicio de sus funciones”.
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El transporte de carga, importaciones, exportaciones, servicios postales y envío de paquetería a territorio nacional seguirán funcionando. Mientras que el transporte aéreo doméstico quedará suspendido en toda la cuarentena.
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Personas que salgan a pasear a sus mascotas, máximo por 20 minutos, una persona por núcleo familiar.
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El consumo de bebidas embriagantes queda limitado, será prohibido su consumo en espacios abiertos y establecimientos de comercio. Este se podrá comprar y consumir en las casas.
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El transporte público seguirá funcionando al igual que las comisarías de familia.
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De acuerdo al Decreto 457, las personas pueden salir en su vehículo o motos para adquirir bienes de primera necesidad.
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Quien incumpla las medidas de este Decreto tendrá que ir a prisión de cuatro a ocho años, además de pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, que reglamenta el sector salud y la protección social.
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Desde el 17 de marzo, el presidente Iván Duque declaró Estado de Emergencia y una de las medidas fue el aislamiento preventivo a los adultos mayores de 70 años desde el 20 de marzo hasta el 31 de mayo.