General Huertas: el 06 de julio de 2003 no hubo ningún combate, sino 4 civiles ejecutados

El 21 de mayo de 2018 un juzgado de Medellín condenó al Ejército por esa ejecución extrajudicial. En junio de 2025, el Tribunal Administrativo de Antioquia también sentenció a la nación por esos hechos. Pero el Brigadier General Juan Miguel Huertas Herrera hizo un informe donde se dice que ese día se «dio de baja a cuatro bandidos».

General Huertas: el 06 de julio de 2003 no hubo ningún combate,
sino 4 civiles ejecutados

(29/01/2026)

El 21 de mayo de 2018 un juzgado de Medellín condenó al Ejército por esa ejecución extrajudicial. En junio de 2025, el Tribunal Administrativo de Antioquia también sentenció a la nación por esos hechos. Pero el Brigadier General Juan Miguel Huertas Herrera hizo un informe donde se dice que ese día se «dio de baja a cuatro bandidos».

En 2016, Beatriz Elena Gil (cónyuge), Manuela Isaza Gil (hija), Mónica Isaza Gil (hija) y Claudia Milena Gil (hija) consideraron que la Nación (Ministerio de Defensa-Ejército Nacional) debía responder por los daños y perjuicios causados por la ejecución extrajudicial de Norberto de Jesús Isaza Guzmán, efectuada el 6 de julio de 2003 en zona rural de Granada (Antioquia).

De acuerdo con la demanda presentada ese año, muertes como las de Norberto, quien era un vendedor ambulante que trabajaba alrededor de la Plaza Minorista de Medellín,  «hacen parte de un plan macabro de las Fuerza Militares para asesinar a personas inocentes de la población civil».

Apartes de la demanda presentada por familiares de Norberto de Jesús Isaza.

Para la familia de Norberto era muy importante que en su acción judicial contra el Estado quedara consignado que el 2 de julio de 2003 Norberto de Jesús Isaza salió de su casa a trabajar, que ese medio día llamó a su esposa Beatriz para encontrarse con ella y así entregarle a su hija Manuela un juguete que le había comprado, que ambas llegaron hasta el parque Gaitán en el centro de Medellín, pero que Norberto nunca llegó a la cita.

Fue hasta el 2015 que Claudia Milena, una de sus hijas, vio en la estación Hospital del Metro de Medellín un aviso que decía que estaban buscando la familia del señor Norberto de Jesús Isaza. El número que aparecía en el aviso era el de la señora Alicia del Rosario Galeano Rave.

Apartes de la demanda presentada por familiares de Norberto de Jesús Isaza.

En la llamada Alicia se identificó «como la hermana de un hombre que había muerto junto a su padre».

El hombre al que se refirió Alicia era Medardo Ángel Galeano Rave, quien fue encontrado por su familia en el anfiteatro (morgue) del municipio de Bello, ubicado al norte de Medellín. Cuando llegaron hasta ese lugar, la entonces Fiscal Quinta de esa localidad, Gloria Lucía Girón, les dijo que había sido encargada de hacer el levantamiento de Medardo y otros tres hombres, entre los que se encontraba Norberto, quienes habían fallecido, según la información de la Fiscalía hasta ese momento, en un combate con el Ejército en la vereda San Cosme, en Granada (Antioquia), el 6 de julio de 2003.

Según la demanda presentada por los familiares de Norberto de Jesús Isaza, fue inicialmente la familia de Medardo Ángel Galeano la que encontró que el 29 de julio de 2003 el Juzgado 23 Penal Militar abrió una indagación preliminar por estos hechos, con base «en las innumerables inconsistencias encontradas en el informe de patrullaje entregado por el [entonces] capitán Juan Miguel Huertas Herrera».

Apartes de la demanda presentada por algunos familiares de Norberto de Jesús Isaza.

En su reporte, Huertas habría avalado que en esa operación se «dio de baja a cuatro bandidos», pero entre las personas muertas en ese presunto combate se encontraba Isaza Guzmán, un civil.

Supuesto enfrentamiento

De acuerdo con la condena del juzgado 36 administrativo de Medellín, en las actas de levantamiento de cadáver se señaló que «todas las víctimas portaban pantalones tipo camuflado y botas pantaneras».

Apartes de la sentencia del Juzgado 36 administrativo de Medellín.

Contrario a lo dicho en julio de 2003 por el hoy Brigadier General Juan Miguel Huertas Herrera, la Fiscalía 74 de descongestión de Medellín aseguró en un informe fechado el 27 de diciembre de 2012 que «la muerte de los señores Medardo Ángel Galeano Rave, Aldemar Suárez Días (sic), Norberto de Jesús Isaza Guzmán y Ramón Enrique Rengifo, ocurrida en el supuesto enfrentamiento fue cometida en circunstancias ajenas a los actos del servicio, fue un acto voluntario y alejado de las actividades propias de las fuerzas militares».

Apartes del fallo del Juzgado 36 administrativo de Medellín.

Más irregularidades

En la sentencia del Juzgado 36 administrativo de Medellín, a la que tuvo acceso Cuestión Pública, se citó el oficio N° 9125 del 20 de diciembre de 2006 enviado al Juzgado 23 de Instrucción Penal Militar donde se informó que no se encontró «la documentación con la cual se legalizó la munición gastada» el 6 de julio de 2003 en zona rural de Granada (Antioquia).

En un fallo de segunda instancia del Tribunal Administrativo de Antioquia, publicado por este medio el pasado 9 de diciembre de 2015, revelamos que «el material bélico incautado [en esta operación], del cual su custodia fue encomendada a la Cuarta Brigada del Ejército Nacional por parte del Fiscal Seccional 5 de
Bello (Antioquia), fue extraviado».

Ni las armas ni el informe.

El juez administrativo Franky Gaviria Castaño aseguró en su sentencia que «no hubo combate alguno».

Apartes del fallo del Juzgado 36 administrativo de Medellín.

Para el juez Gaviria Castaño, Norberto de Jesús Isaza Guzmán fue arbitrariamente ejecutado «por las tropas del Ejército Nacional (…) quienes para justificar su reprochable conducta intentaron simular la ocurrencia de un combate y presentar a sus víctimas como guerrilleros dados de baja».

No reportó lo de su firma

El 10 de diciembre de 2025, el periodista Daniel Coronell entrevistó en su programa al general Juan Miguel Huertas Herrera. Ese día, el reconocido reportero le preguntó al oficial por un documento enviado el 21 de julio de 2003 a la Justicia Penal Militar, titulado «Lecciones aprendidas», el cual contenía la orden de operaciones y el informe de patrullaje de la Operación Marcial Norte, específicamente con los resultados operacionales del 6 de julio de ese año.

Documento “Lecciones aprendidas”, que tiene el nombre y la firma del entonces capitán Juan Miguel Huertas Herrera.

Huertas afirmó que para esa fecha él no estaba en el Batallón de Artillería N° 4 ‘Jorge Eduardo Sánchez (BAJES), que él no firmó ese documento y que la firma allí consignada la cogieron «de otra operación y la colocaron ahí».

Cuestión Pública envió un derecho de petición a la Justicia Penal Militar preguntando si existía una denuncia del oficial Juan Miguel Huertas Herrera sobre la falsificación de su rúbrica, y nos respondieron que en esa entidad «no reposa carta o mensaje del capitán —hoy BG— que haya denunciado conductas relacionadas con presuntas falsificaciones de su firma».

Respuesta de la JPM a Cuestión Pública (14/01/2026).

Condena y acción de repetición

En la condena a la nación (Ministerio de Defensa-Ejército Nacional) el juez 36 administrativo de Medellín dijo que a Beatriz Elena Gil (cónyuge de la víctima) se le debían reconocer por los perjuicios morales causados por la muerte de Norberto, la suma de ciento cincuenta salarios mínimos legales mensuales, y a sus hijas Manuela, Mónica y Claudia, la misma cifra.

Por concepto de lucro cesante, la nación fue condenada a pagarle a la esposa de Norberto y sus tres hijas, un total de $268.430.888.

El concepto de lucro cesante hace «referencia a las ganancias que se dejan de percibir como consecuencia directa del hecho lesivo. Es decir, como pérdida del incremento patrimonial dejado de obtener debido a un incumplimiento contractual, un acto ilícito o un perjuicio ocasionado por un tercero». 

El 02 de diciembre de 2025, W Radio informó que el Ministerio de Defensa presentó una acción de repetición contra el hoy general Juan Miguel Huertas Herrera y otros militares por el proceso adelantado por esta demanda, la cual fue presentada en 2016  por la señora Beatriz Elena Gil y sus tres hijas.

Lo que busca esa acción judicial es que Huertas y otros militares paguen económicamente por una muerte que la justicia administrativa determinó como responsabilidad del Estado colombiano.

La demanda fue radicada en noviembre de 2024, pero el Tribunal Administrativo de Antioquia consideró que la acción había sido presentada fuera del tiempo legal.

Ante esa decisión, la apoderada del Ministerio de Defensa interpuso una apelación ante el Consejo de Estado.

Consultamos en el Consejo de Estado y nos informaron que la decisión de admisión de esta acción de repetición contra el general Huertas y demás uniformados está en manos del magistrado Fredy Ibarra, quien aún no ha tomado ninguna decisión.

Desde la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), todavía no tienen la fecha de la nueva citación al general Huertas Herrera por los nuevos señalamientos en su contra realizados en diciembre de 2025 por exmilitares en el marco de las audiencias de la JEP del Subcaso Antioquia. 

Existen dos condenas contra la nación por la ejecución extrajudicial de Norberto de Jesús Isaza Guzmán ocurrida el 6 de julio de 2003 en zona rural de Granada (Antioquia). 

El reporte oficial del Ejército dijo que ese día habían caído abatidos cuatro integrantes de las Farc. 

Uno de esos informes tiene la firma del general Juan Miguel Huertas Herrera.