Instituciones a la medida de los victimarios de la niñez en Colombia

Cuestión Pública conoció 25 casos en los que mujeres aseguran que el sistema de protección infantil estaría separándolas de sus hijas e hijos, entregando su custodia a sus padres, pese a que estos están denunciados por posible abuso sexual infantil y violencia intrafamiliar. En varias ciudades, algunos funcionarios encargados de la protección de la niñez están denunciados por faltar a su deber y privilegiar a los victimarios. Así mismo, llama la atención que estos funcionarios usen una teoría revictimizante, que fue acuñada por un médico estadounidense que defendía la pedofilia.

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Instituciones a la medida de los victimarios de la niñez en Colombia

(29/06/2022)

Cuestión Pública conoció 25 casos en los que mujeres aseguran que el sistema de protección infantil estaría separándolas de sus hijas e hijos, entregando su custodia a sus  padres, pese a que estos están denunciados por posible abuso sexual infantil y violencia intrafamiliar. En varias ciudades, algunos funcionarios encargados de la protección de la niñez están denunciados por faltar a su deber y privilegiar a los victimarios. Así mismo, llama la atención que estos funcionarios usen una teoría revictimizante, que fue acuñada por un médico estadounidense que defendía la pedofilia.

Por: Alexandra Correa Solarte para Cuestión Pública.

Esta investigación encontró que al menos 24 menores de edad tienen custodia compartida con su presunto agresor físico, psicológico y sexual. De estos, 8 perdieron el contacto con sus madres y 3 niños están en un hogar de paso del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). El patrón encontrado dentro de estas denuncias es que algunos comisarios, defensores de familia, peritos (expertos) psicólogos, funcionarios del ICBF, abogados, fiscales, trabajadores sociales y jueces, están usando la pseudo teoría de la “Alienación Parental” y el Síndrome de Alienación Parental (SAP) contra las madres denunciantes. 

A través de esa teoría, los funcionarios concluyen que la niña o el niño no han sido víctimas de abuso, sino que han sido manipulados, generalmente por su madre, para decir que lo han sufrido y así, obstaculizar su relación con su padre (el vínculo paterno-filial). En países como Argentina y España, acudir a la teoría de alienación parental o SAP en procesos judiciales “es considerado como una falta gravísima, pues además de ser violencia institucional contra las mujeres, se trata de una forma de negar el acceso a la justicia para las personas menores de edad e inclusive obligarles a permanecer bajo el cuidado de sus agresores”, dice la Procuraduría General de la Nación de nuestro país. Adicionalmente, múltiples organizaciones, entre estas la Sociedad Española de Psiquiatría han catalogado al SAP como “un constructo teórico sin base científica alguna”.

Psiquiatras, abogados de familia y defensores de la niñez consultados por este medio aseguran, además, que no solo se estarían violentando los derechos de la infancia con estos conceptos no científicos, sino que varios funcionarios estarían actuando contrario a la Ley: se evidencia falta de enfoque de género e insuficiente conocimiento en los derechos de la infancia.

Conocimos casos en el departamento de Antioquia (10) y en ciudades como Bogotá (10), Bucaramanga (2), Barranquilla (3) y Valledupar (1).

“Fui a la Comisaría 13 de Teusaquillo en Bogotá, allí me atendió la comisaria Sixta Adela Guzmán y el psicólogo Carlos Alfonso Murillo. Ambos desestimaron mi primera denuncia contra el padre de mi hija de 4 años, en 2018, por presunto abuso sexual. Dijeron que las pruebas no eran justificadas, nos regresaron a la casa con nuestro agresor y a mí me mandaron al psicólogo”, relató una de las denunciantes, a la que llamaremos Liliana para proteger su integridad*. Nos dijo que la defensora de familia del ICBF de Barrios Unidos (Bogotá), Elizabeth Bastidas Rivera, le otorgó visitas reguladas al padre (presunto abusador sexual), apelando a la presunción de su inocencia y argumentando que ella, la madre, quería obstaculizar el vínculo paterno-filial. 

En otros casos, como el de Ofelia*, otra de las madres denunciantes, aseguró a  Cuestión Pública que, en una Comisaría de Familia de Bucaramanga, una juez -cuyo nombre prefiere no revelar para protegerse y a su hija- le exigió pedirle perdón al papá de su hija, frente a él y a quien ella había ido a denunciar por presunto abuso sexual. Agregó que la defensora de familia que tomó su caso le reprochó que cómo podía desconfiar de un hombre “tan elegante” y que debía estar agradecida por la cuota alimentaria que él le daba. Un perito (experto) psicólogo la llamó “madre alienadora”.

“Uno de los principales problemas del sistema de protección en Colombia es que la justicia no termina de asumir que los derechos de los menores de edad prevalecen por encima de los derechos de los demás”, señaló el abogado de familia Roberto Moncada. El experto argumentó explicando que, por ejemplo, si se denuncia al padre de una menor por abuso sexual, las autoridades dicen que no pueden apartar a la niña del presunto agresor porque no hay un fallo que lo condene. De esa manera, su derecho a la presunción de inocencia se interpone por encima de los derechos de la menor de edad.

La teoría de la Alienación Parental, presente en el sistema de justicia infantil en Colombia, fue acuñada en 1985 por el médico estadounidense Richard Alan Gardner, autor del Síndrome de la Alienación Parental (SAP) que, según él, es un trastorno infantil que surge exclusivamente en el contexto de disputas por la custodia de los niños. 

Funcionarios en Comisarías y Defensorías, acuden a esos conceptos, no científicos, para argumentar que supuestamente la madre denunciante es la victimaria, que tiene enfermedades mentales y que por eso le lava el cerebro a sus hijos (conceptos utilizados en el SAP) para lograr separarlos de su padre y ocurre—en casos de denuncias por abuso sexual y violencia intrafamiliar cometidos contra menores de edad a pesar de que los conceptos y  su diagnóstico, no están avalados por la comunidad científica, por el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), por el Comité de eliminación de violencia contra la mujer (CEDAW), por la Asociación de Psiquiatría Americana (APA), ni por el Ministerio de Salud colombiano, ni la Procuraduría.

La teoría que silencia a los niños

Sofía* sospechaba que el padre de su hija de 5 años abusaba sexualmente de ella. “La desnudaba, le hacía dibujos en su cuerpo y le tomaba fotos. Fui a denunciarlo ante la Comisaría de Familia en Medellín, pero no protegieron a la niña. Me dijeron que lo que quería era obstaculizar la relación con su padre y me la quitaron para entregársela al abuelo paterno”, relató la madre.

El comisario 16 de familia, Carlos Alberto Velásquez Escobar, otorgó visitas al presunto abusador en la casa familiar paterna en  2018. Luego, en 2020, la Fiscalía lo imputa por presunto abuso sexual a menor de edad. La madre pasaba horas suplicando en la Comisaría que se revirtiera esa decisión, pero no fue escuchada. Pasó días frente a la casa de la familia paterna para poder ver a su hija, mientras la angustia crecía por el abuso sexual del que podía estar siendo víctima.

El abuelo de la niña, exfiscal de una Unidad de Reacción Inmediata, se cansó de la situación y entregó la menor de edad al ICBF sugiriendo que la incluyeran en la lista de adopción europea para que quedara lejos de su madre. La entidad institucionalizó a la menor de edad en 2021, y le negó a ella, como madre, la posibilidad de visitarla o de tan siquiera acceder a información del caso, que para entonces había pasado al defensor de Familia Erney Alejandro Tacha Rojas, comentó Sofía.

“Me opuse a tantos atropellos, pero los comisarios me contestaban pidiendo respeto hacia ellos y a la familia del exfiscal [abuelo de la niña], de quien se compadecían todo el tiempo”, concluyó Sofía.

Entre tanto, en La Estrella, Antioquia, a Carla* el ICBF la mandó a psiquiatría porque ella insistía en su solicitud de investigar el presunto abuso sexual a su hijo de 7 años. El niño contó tocamientos en sus partes íntimas por parte del abuelo paterno, quién también lo habría accedido carnalmente. El informe médico en 2019 dictaminó fisuras anales. Según relató la madre, el ICBF insistió en que ella podría tener un trastorno mental a pesar de que su examen psicológico salió normal y Claudia Patricia Carmona, la fiscal, decía lo mismo sobre el niño. “Por eso no validó su testimonio”, aseguró Carla.

Ella y otras madres denunciantes han sido víctimas del mismo patrón: se desestiman sus denuncias por abuso sexual y violencia infantil cometidos contra sus hijos e hijas, no validan su voz, ni el testimonio de los niños y en los procesos aparece con frecuencia el uso de la pseudoteoría de la Alienación Parental en su contra para afirmar que ellas destruyen la imagen de los progenitores y obstruyen la relación padre-hijo(a).

Ante los maltratos institucionales, señalamientos legales de posible prevaricato administrativo y el uso del SAP por parte de funcionarios que en el papel defienden a los menores de edad, dos de las madres denunciantes elevaron un derecho de petición a la Procuraduría, en enero de 2021, en busca de una postura frente a ese concepto permeado en el sistema de protección a la infancia. En su respuesta, la entidad reconoció que “este pretendido síndrome ha sido identificado como una forma de violencia institucional contra las mujeres y la niñez”.

Sonia Vaccaro, psicóloga clínica y forense argentina radicada en España, dijo en entrevista para este medio que la teoría de la alienación parental “es un constructo falso para favorecer a los abusadores de los niños, niñas y adolescentes. El falso síndrome está planteado para confundir a la gente, se creó para proteger a los pedófilos”. Por más de dos décadas, Vaccaro ha encontrado argumentos en los preceptos y libros de Richard Alan Gardner a favor de la pedofilia. 

“Mi hijo fue entregado a su abusador físico y sexual, y no supe más de él”, dijo  Camila*. Vio a su hijo menor de cinco años por última vez a finales de 2021. Ella había denunciado por presunto abuso sexual al padre y la Comisaría de Familia ubicada en Envigado, Antioquia, le dio la custodia del niño al presunto agresor.

El comisario Yesid Enrique Barco Barrios y el asistente de fiscal III Pedro León Álvarez de la Fiscalía 233 recibieron su denuncia, según la madre, en compañía de un perito psicólogo, concluyeron que el pequeño estaba mejor con su padre, pese a que contó tocamientos y besos en sus partes íntimas por parte del denunciado. 

Según Camila, los funcionarios no solo no le creyeron a ella ni al niño, sino que ignoraron un proceso que cursa contra el padre del menor de edad  en Fiscalía y una medida de protección por violencia intrafamiliar que el presunto agresor tenía en su contra desde 2016. También desestimaron el dictamen médico y psicológico donde se lee que el niño “presentaba ciertos comportamientos de posible abuso” y que era imperativo darle protección a él y a la madre.

“Cuando estaba con él, se torna más callado, irritable y le cuesta relacionarse con los demás […] Vuelve a hacerse pipí y popó”, expone la madre en el reporte clínico, refiriéndose al menor de edad.

Hoy, el niño vive con el presunto agresor físico y sexual por decisión de la Comisaría de Familia, cuenta la mamá. Camila denuncia que la entidad le ha negado el acceso a los expedientes de su caso y no ha hecho algo para que el padre del niño le permita verlo.

El comisario Yesid Enrique Barco Barrios, quien es uno de los señalados por la denunciante de posible favorecimiento al presunto agresor del niño, dijo a Cuestión Pública que “ningún NNA [niño, niña y adolescente] ha sido puesto en custodia de su agresor o siquiera finalmente un presunto. Al ubicar a un niño/a con el padre o madre alienado se ha logrado evidenciar a través de todo un cúmulo de pruebas que este no ha sido su agresor. Todo lo contrario, es otra víctima como lo es el NNA”. 

Respecto al uso del pseudo concepto de la Alienación Parental en sus despachos, el comisario Barco Barrios dijo que “la alienación, obstaculización y/o interferencia parental no es una teoría, es una situación real, vivida, un hecho vulnerador, una verdadera violencia intrafamiliar, en donde existen dos víctimas definidas, el padre o madre alejado y el niño, niña y adolescente”. Barco Barrios dijo además no reconocer el Síndrome de la Alienación Parental, pero su respuesta da a entender que sí le convencen los conceptos de la teoría. 

El fiscal Pedro Álvarez no contestó a nuestra solicitud de entrevista.  Por su parte, la Alcaldía de Envigado, de la que dependen las comisarías de familia, dijo a través de la Secretaría de Seguridad y Convivencia que no tiene competencia la administración municipal en el presente asunto y que las comisarías gozan de autonomía.

Los peritos psicólogos, el SAP y el lucro

Abogados y defensores de familia entrevistados por este medio aseguran que, en Colombia, los defensores de la niñez evitan usar el cuestionado término “síndrome”, pero aplican sus diagnósticos bajo la “Alienación Parental” para inferir que el niño no puede pensar, ni hablar por sí solo y es la madre quién lo ha adoctrinado para inventar el abuso. Luego determinan custodias totales o compartidas, generalmente, en beneficio del presunto agresor.

Estas custodias se estarían definiendo con base a peritajes psicológicos ordenados por comisarios y defensores, con los que se evalúa la salud mental de las madres, el padre y los niños. “Pero los conceptos psicológicos salen amañados a favor del denunciado”, dijo una de las denunciantes. Otras madres aseguran que estos análisis no coinciden con su personalidad, la verdadera relación con sus hijos, ni con su historia familiar. En al menos 4 casos, las denunciantes, madres y niños han sido diagnosticados sin ser citados o vistos en persona.  

Es el caso de Diana*. Ella se separó del padre de su hija hace 10 años por violencia intrafamiliar. El hombre, que tenía un temperamento fuerte, consumía licor y tenía relaciones con otras mujeres, según el relato de la madre. Se llevó a la niña en una de las visitas aprobadas por el sistema de protección infantil, a pesar de que la niña manifestaba tenerle miedo y no le gustaba irse con él, dijo Diana.

“El papá buscó en la Comisaría de Usaquén II en Bogotá una medida de protección para él y la niña en mi contra por maltrato. La comisaria Yaneth Fabiola Castillo Guerrero me ordenó, en 2020, un peritaje psicológico con Andrea Guerrero, resultado al que no me dejaron tener acceso, ni a los expedientes, tampoco me permitieron [tener] un abogado”, afirmó la denunciante. En una de las audiencias, Diana escuchó con sorpresa que en el peritaje —que se hizo sin que la citaran a evaluación alguna—, se le diagnosticó una enfermedad mental. Diana elevó la queja ante Integración Social.

“Yaneth Fabiola Castillo Guerrero concluyó, con los diagnósticos psicológicos, que soy mala madre y él, un padre ejemplar”, puntualizó Diana. Finalmente, en el mes de septiembre del 2020, le quitaron la custodia de la niña.

Para Alejandro Ruiz Caicedo, abogado experto en derechos de la infancia, en el sistema de protección infantil se están violando los lineamientos ordenados por el ICBF en busca de proteger al niño: “Debe haber valoraciones técnicas de parte de psicólogos, trabajadores sociales, nutricionistas, una valoración interdisciplinaria que no se está realizando a cabalidad. Esta teoría de la “Alienación Parental” desconoce al niño como sujeto de derechos, pues niega su capacidad para pensar, crear y participar”, dijo.

Las Comisarías señaladas de presuntamente favorecer a los acusados

Al menos cuatro de las denunciantes en Bogotá, que han acudido a comisarías ubicadas en localidades como Suba, Chapinero y Usaquén, mencionan a un perito psicólogo en común: Roberto Sicard León. Según ellas, la comisaria Yaneth Fabiola Castillo Guerrero lo recomendaba y ordenaba para hacer los peritajes. Así fue en varios de los casos en Usaquén II, como consta en este documento

La comisaria Castillo, el perito Sicard y otros funcionarios públicos están denunciados en entidades como Fiscalía, Integración Social, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, Personería de Bogotá y en el Tribunal Deontológico por presunto prevaricato, cohecho y malas praxis periciales, bajo sospecha de supuestamente amañar las decisiones judiciales con ayuda de los peritajes psicológicos en los que se concluye que las madres sufren una enfermedad mental y otros trastornos para, al parecer, favorecer las custodias a favor de los denunciados. 

De acuerdo con revelaciones de la revista Semana, la comisaria de familia Castillo habría cometido irregularidades que favorecerían “al mejor postor” en casos de menores de edad e incluso, recomendaba al perito Sicard.

Sicard, que hizo parte del Colegio Colombiano de Psicólogos (Colpsic), es uno de los más fuertes promotores de la “Alienación Parental” en la psicología colombiana. Fungió como magistrado del Tribunal Nacional Deontológico y Bioético, órgano de segunda instancia de los procesos disciplinarios contra profesionales de la psicología (que pertenece al Colpsic por la Ley 1090 de 2006).

Pero no solo Sicard utiliza y promueve la teoría de la “Alienación Parental”, que estaría violentando los derechos de la infancia y fortaleciendo la violencia vicaria, sino que capacita en ella a diversos actores del sistema de protección de infancia, la adolescencia y la familia. 

Un abogado de familia aseguró a este medio que el ICBF, que ha contratado a Sicard como consta en esta publicación, le otorgó recientemente un contrato para dar charlas sobre “perfilación de papás y mamás” a las personas que trabajan en el sistema de protección. Le preguntamos a la oficina de prensa del ICBF sobre esta contratación y no contestaron.

Los millonarios costos de un peritaje psicológico

Las Comisarías y Defensorías de familia admiten el peritaje de psicólogos privados, mientras que la Fiscalía General acude de preferencia a Medicina Legal, donde hay peritos psicólogos públicos, que no son pagados por las partes involucradas. 

Sin embargo, la Fiscalía en algunos casos, según una de las 26 denunciantes entrevistadas, también busca para las evaluaciones psicológicas peritos privados vinculados al Colpsic, en donde la “Alienación Parental” tiene fuerte respaldo.

Los peritos psicólogos privados que aparentemente trabajan de la mano de varias Comisarías y Defensorías de Familia colombianas cobran sumas de dinero altas por un peritaje. Ante ese incentivo económico, podrían perder la imparcialidad, dijo a Cuestión Pública un perito en psicología que pidió la reserva de su identidad.

Un peritaje psicológico ronda entre los $2 millones y los $6 millones, según el estrato social, dice otra fuente anónima en peritaje psicológico consultada por Cuestión Pública y quién ve en este incentivo económico maneras de favorecer a quien mejor pague los dictámenes.

Pedro Ochoa, exdirector nacional de Campos, Programas y Proyectos de Colpsic, aseguró a este medio que Sicard trabajó en la conformación de la lista de peritos de la organización.

Consultamos a Roberto Sicard por las denuncias en su contra. Dijo que “estas señoras [las denunciantes] mintieron en contra de sus exesposos con falsas denuncias de abuso sexual” y aseguró, además, que varios de los casos de mujeres con exparejas extranjeras acuden a las denuncias como «una garantía para quedarse con la tutoría de los niños y los recursos de los padres».

Sicard puntualizó que las señoras que lo denuncian, “como las autoridades no les dieron la razón, decidieron unirse inventándose un supuesto complot de Fiscalía, Hospital La Misericordia, Comisaría 2da (sic) de Usaquén, Colpsic y mi persona, diciendo que favorecemos a pedófilos”.

Para la doctora psiquiatra de la Asociación Afecto, Isabel Cuadros, la “Alienación Parental” no existe y es “un constructo de pseudo ciencia que se hace a favor de los abusadores sexuales”. Aseguró además que “uno no puede tener una memoria sino de lo que ha vivido. No se puede fantasear con algo desconocido”, refiriéndose a la idea de que un progenitor pueda “lavarle el cerebro” a un niño que no ha sufrido un abuso sexual infantil, tal como lo sugiere la teoría de la “Alienación Parental” y el “Síndrome de Alienación Parental” de Gardner.

“El adoctrinamiento a un niño puede existir”, continúa diciendo la psiquiatra Isabel Cuadros. Pero en la mayoría de casos el niño no es considerado sujeto de derechos que puede dar una opinión propia en el marco del sistema de protección infantil. En general, los niños tienen razones para rechazar una madre o un padre, puntualiza Cuadros para Cuestión Pública.

Fuente: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal de México.

De víctimas a victimarias

“Yo tengo que compartir la custodia de mis hijas, a la fuerza, con el presunto agresor sexual”, dice otra madre denunciante. Ella lleva una lucha jurídica desde 2019 en busca de que le crean a sus hijas menores de 12 años y respeten su decisión de no querer visitar o vivir con su padre debido a los comportamientos sexuales abusivos que manifestó durante la convivencia con ellas, así como los maltratos psicológicos que sufrían.

El padre de las dos niñas, según documentos aportados por la denunciante, tenía comportamientos íntimos que las incomodaba dentro del hogar, como entrar desnudo en el cuarto de ellas con erecciones mañaneras, le aplicaba crema vaginal y le manipulaba la zona íntima con los dedos a una de las niñas —aunque estuviera en edad de aplicarla ella misma—, con el pretexto de atender un hongo vaginal que nunca fue diagnosticado médicamente.

“Se les metía a la ducha desnudo sin el consentimiento de ellas e incluso forzó a una de las niñas a compartir duchas masculinas en otro país, sin ropa y con hombres desnudos en una piscina pública”, agregó la madre.

El dictamen de Medicina Legal, que recomendaba evitar el contacto a solas “con el agresor”, fue ignorado en la Comisaría de Familia de Usaquén II en Bogotá, en ese entonces (2019) a manos de la comisaria Yaneth Fabiola Castillo Guerrero.

El perito psicólogo encargado de este caso fue Roberto Sicard, según la madre denunciante, por orden de la comisaria Castillo Guerrero. En uno de los dos peritajes psicológicos —en el que parece usar la teoría de la Alienación Parental—, Sicard determinó que la madre de las dos niñas sufre trastornos mentales, fobia a la desnudez y ansiedad. Castillo resolvió dar custodia compartida para las menores de edad, pese a que tenían medida de protección en contra del padre.

“Yaneth Fabiola Castillo Guerrero básicamente dijo que tenía que acatar la orden de ella [valoración con Sicard] si quería tener a mis hijas, ya que ella tenía la facultad de quitármelas”, aseguró la madre.

La denunciante asegura además que Roberto Sicard ha estado en constante contacto con el padre de las niñas, pese a que su actuar debe ser imparcial. Le preguntamos a Sicard vía WhatsApp, qué relación tenía con el padre de las niñas en este caso. En su respuesta, ignoró la pregunta y tan solo se refirió a esta investigación: “Sus fuentes de información son mendaces, la han engañado”. 

Por su parte, la excomisaria Yaneth Fabiola Castillo Guerrero, respondió telefónicamente que no estaba interesada en dar entrevistas de ningún tipo.

Hoy la madre está a punto de ser imputada por la fiscal 216, Cielo García García, por el delito de falsa denuncia, interpuesta por el padre de las menores de edad en 2019, pasando la denunciante de ser  víctima a victimaria.

Según varias denunciantes en Bogotá, funcionarios de la Comisaría de Usaquén II, ante las quejas presentadas por presunto prevaricato, les advirtieron del poder de Castillo, pues es compañera sentimental del exvicefiscal General de la Nación, Fernando Pareja Reinemer. Cuestión Pública corroboró la información en un video del Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia.

Evaluaciones psicológicas sin la denunciante

Viviana Vargas, excandidata al Congreso por el partido Nuevo Liberalismo durante las elecciones de marzo de este año, denunció haber sido víctima de abuso sexual a los 6 años de edad. Lleva 2 años luchando para que le crean su testimonio y se haga justicia.

Su agresor fue absuelto en 2021 en la Fiscalía 42 de Barranquilla en medio de un proceso que, según Vargas, fue irregular en la Unidad de Delitos de Administración Pública, ya que este no tiene competencia en casos de abuso sexual. En ese despacho se adelantaron las etapas judiciales sin su conocimiento y sin recibir notificación, según relató a Cuestión Pública.

En el proceso aparecen dos evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, una del psicólogo Roberto Sicard, en la que habla de falacias y riesgo de salud mental. La otra fue hecha por el psiquiatra Roberto Gómez en Barranquilla, ambas se realizaron sin haberla citado, sin conocerla y fueron utilizadas para concluir las investigaciones, puntualizó Vargas.

Testimonio Viviana Vargas con la denuncia

“A las mujeres y a los niños los revictimiza un sistema y una justicia que parece estar a medida de los victimarios”, concluye Vargas.

Le preguntamos a Roberto Sicard, si era cierto que hizo esta evaluación psicológica sin citar o conocer a la víctima y respondió: “sus preguntas tienen contenido manipulado y  desligitimante (sic)”, y continuó diciendo que “Colpsic sí reconoce la Alienación Parental al igual que 13 sentencias de la Corte”. Sicard no proporcionó soportes de estas sentencias.

La delgada línea entre la Alienación Parental y la pro-pedofilia

Según las investigaciones de la psicóloga Sonia Vaccaro, Richard Alan Gardner decía que la pedofilia era una orientación sexual más y que el daño causado en los niños se ejerce porque la sociedad castiga a los pedófilos. 

Por esta y otras razones, el uso del Síndrome de la Alienación Parental fue prohibido en España. Según Vaccaro, es una teoría que invisibiliza y deja impunes los delitos contra la niñez. “Parece mentira que luego de 40 años de lanzada dicha teoría y pese a su claro enfoque pro-pedofílico, aún se siga repitiendo como mantra en donde todos los caminos conducen a culpar a la madre”, agregó la psicóloga.

Para Luisa María Romero, psicóloga del área de Justicia y No Violencia de la Corporación Sisma Mujer, las mujeres en Colombia tienen que pelear para que les crean de cara a unas instituciones que no tienen un enfoque especial de atención hacia ellas y sus hijos e hijas.

Romero dijo en entrevista con la autora de esta investigación para el medio alemán Deutsche Welle que hay una violencia basada en estereotipos. Las instituciones justifican la violencia basada en los roles de las mujeres dentro del hogar, en donde ellas, según la justicia, inventan cosas porque están mentalmente inestables, quieren venganza o no comprenden la realidad.

¿Qué dicen el Colpsic y el ICBF?

Pedro Pablo Ochoa, exdirector nacional de Campos, Programas y Proyectos del Colegio Colombiano de Psicólogos le dijo a la autora de esta investigación en entrevista para el medio alemán DW en marzo de 2022 que desde el Colpsic no avalan el concepto de “Síndrome de Alienación Parental” y no lo utilizan. Mencionó que es un tema que debe ser investigado, “una cosa es que un perito lo utilice y que un juez lo avale, él es el que lo avala”, dijo Ochoa.

Por su parte, el ICBF contestó en un derecho de petición, radicado en 2019 por dos de las madres que denuncian la revictimización institucional, frente a la “Alienación Parental” que: “es definida por el Colegio Colombiano de Psicólogos, como un fenómeno existente y evidente que consiste en un tipo de maltrato infantil que afecta psicológica y socialmente a los miembros de la familia y se caracteriza por un proceso de destrucción sistemática del vínculo filial, promovida por un progenitor o cuidador o su sistema familiar en contra del otro progenitor”.  Es decir, que prácticamente, la entidad protectora de la niñez parece adoptar esta pseudo teoría.

La entidad agregó en esa respuesta que desarrolla una mesa técnica, liderada por el Ministerio de Salud y otra del ICBF, para emitir un concepto al respecto. 

Le preguntamos para este artículo al Colpsic y al ICBF si ya tenían una actualización de sus posturas frente al uso de la Alienación Parental. Al cierre de edición de esta nota, Colpsic no entregó una respuesta formal y el ICBF no respondió.

El pasado 14 de octubre la Corte Constitucional, en su sentencia T351-2021, concluyó que “el derecho a la presunción de inocencia no es garantía absoluta cuando está de por medio la protección de un niño que ha sido víctima de un presunto abuso sexual”.

Este fallo se dio luego de que un juez de la República, avalado por un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, ordenara que dos menores de edad, presuntamente víctimas de violencia sexual y que se encontraban en el programa de Protección de Testigos de la Fiscalía, retomaran visitas con su agresor.

En el mismo caso, un magistrado del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, determinó que por la corta edad que tenían los niños al momento de la presunta agresión, podrían no tener recuerdos, por lo que viabilizaba que los niños podrían seguir viendo al progenitor sin traumas.

Tanto Fiscalía como Integración Social contestaron a nuestras solicitudes periodísticas sobre las denuncias que reposan en sus entidades, que están en fase de investigación y que siguen abiertas. Así mismo, la Fiscalía recibió nuevas denuncias aportadas por esta investigación y dijeron que serán puestas en una misma cuerda procesal.

Según el ICBF en 2021 se atendieron a nivel nacional al menos 27 casos diarios de presunto abuso sexual infantil. En 2019 la cifra ascendía a 65 casos al día, es decir, un niño abusado sexualmente cada 22 minutos con una impunidad que, para el mismo año, rondaba el 97%, según Alianza por la Niñez. La pandemia pudo influir en la reducción del número de denuncias el año pasado, según las autoridades. También es posible que haya un subregistro.

Explora otros de los casos que Cuestión Pública conoció. Algunas identidades de las mujeres denunciantes fueron modificadas para garantizar su anonimato.

*Algunos nombres de las personas citadas en este artículo fueron modificados para proteger su integridad. 

**Cinco denunciantes se abstuvieron de contar públicamente su relato.

Si usted se considera víctima del sistema de protección infantil colombiano, escriba a la periodista tata_correa@hotmail.com