(19/08/2021)

Periodista experta en Derechos Humanos

Por: Claudia Julieta Duque

No hay una norma específica (de lo que debe hacer la Policía cuando un ciudadano o ciudadana pide su ayuda para controlar situaciones de seguridad como un robo o un saqueo), y espero que no la haya, porque siempre que algo se torna muy específico termina en violaciones a los derechos humanos. El punto es que hay unas normas que son de obligatorio cumplimiento y unos estándares que son la costumbre a nivel internacional. Se trata de los códigos de conducta para los funcionarios que están encargados de cumplir la ley.

Básicamente, estos códigos dicen que el respeto a los derechos humanos debe imperar siempre, en todo momento, incluso en momentos de alto conflicto como el vivido el 19 de mayo en el Éxito de Calipso en Cali, o manifestaciones, etc. 

Es importante recordar que en el 2014 se expidió la ley 1709, por medio de la cual se reformaron algunos artículos del código penitenciario (ley 65 de 1993). En el artículo 11 de la ley 1709 se establece cuáles se consideran como establecimientos de reclusión: cárceles de detención preventiva, penitenciarias, casas para la detención y cumplimiento de pena por conductas punibles, culposas; centros de arraigo transitorio, establecimientos de reclusión para inimputables, cárceles de penitenciarías de alta seguridad, etc. Es decir, se establece dónde se pueden recluir a las personas ya sean detenidas o que estén bajo prisión preventiva o presos cumpliendo condena.

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Un supermercado no es un centro de reclusión, ni tampoco lo son los sótanos de un lugar como el Éxito. Allí, de entrada, uno puede ver que hay una vulneración a las normas muy grave porque, por ley, se estableció que los centros de reclusión deben ser conocidos por las personas, por los familiares de los capturados para que puedan recurrir al sitio, saber cómo está su familiar y tener claridad sobre las condiciones de la detención. Eso por supuesto se vulnera completamente, en el caso de Calipso (Cali), con el hecho de que a las personas se les haya recluido en lugares no aptos y que tampoco son considerados como establecimientos de reclusión.

Hay sitios transitorios para recluir a las personas que no están contemplados en esa ley, como el supermercado Éxito. Hay momentos en que la situación es tan complicada que las autoridades deben detener a la gente en lugares diferentes (como ocurrió en el paro del 77, en el que se detuvieron manifestantes en la plaza de toros de Bogotá).  Pero la norma establece que, en esos casos, las personas deben ser llevadas a un centro de reclusión reconocido para la custodia de detenidos o de arrestados en el menor tiempo posible y que, además, deben ser presentados ante las autoridades competentes (por ejemplo, ante un juez de garantías para que declare la legalidad de la captura).

Todos esos parámetros se vulneraron en todo el país y, obviamente, Calipso no fue la excepción durante el Paro Nacional de 2021. Son normas de conducta y, por decirlo de alguna manera, de aplicación obligatoria en todos los casos.

Lo que yo noto es que esa práctica que aplicó la fuerza pública durante el Paro data desde 2007, cuando George W. Bush vino a Colombia. Se ejerció una represión bárbara, violenta, impresionante contra los manifestantes: no los dejaron llegar ni siquiera a la calle 26. Hay que decir que en aquella época las denuncias tenían que ver con el hecho de que a los jóvenes —que los detuvieron de una manera ilegal, completamente violenta y violatoria de todos los derechos—, los recluyeron en los sótanos del antiguo Hotel Hilton. Ese comportamiento de las autoridades está relacionado con los convenios de cooperación con el empresariado, los que se dan al interior de las Fuerzas Militares y de la Policía. Ahora, en 2021, veo que esas prácticas persisten.

En conclusión, cualquier detención allí en el Éxito de Calipso en Cali debió considerarse arbitraria. El haber tomado ese sitio como centro de operaciones debió regirse por los más altos estándares de derechos humanos y por el principio de transparencia. Por ejemplo tenía que haberse realizado un registro e informe de lo sucedido y eso, además, debe ser accesible para todos.

 

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