¡La justicia escuchó a las mujeres! Sentencia con enfoque de género en el caso de una de las víctimas de ‘Gono Taser’
(28/11/2025)
La historia de una víctima de violencia sexual a manos de ‘Gono Taser’ llega con un fallo que reconoce el valor del testimonio de las mujeres y evidencia cómo la violencia machista persiste incluso en los estrados judiciales.
*Juliana es un nombre ficticio para proteger la identidad real de la víctima. Se omitirá alguna información para proteger su identidad y evitar su revictimización.
Era noviembre de 2018. Juliana llegó a la casa de Robert Andrés Colonia, conocido como “Gono Taser”, con el propósito de comprarle marihuana*.
Él la invitó a fumar y, mientras ambos estaban bajo el efecto de la sustancia, Juliana recibió un mensaje en su celular. Colonia se lo arrebató, se lo metió en la pretina del pantalón y la desafió a sacarlo. Ella se negó. Forcejearon. Le dijo con claridad que deseaba irse.
Colonia no la escuchó. Se aprovechó de su situación de indefensión. La tomó por la fuerza, a pesar de que Juliana intentaba apartarlo repitiendo una y otra vez que se detuviera.
Un agresor en serie
Ese mismo año, Colonia fue detenido tras violar y torturar a una joven en su vivienda, según reportó El Espectador. Tras su captura, las denuncias se multiplicaron: más de 150 mujeres lo señalaron como su agresor. Aun así, hoy sólo registra una condena en primera y segunda instancia por acceso carnal violento, constreñimiento ilegal y una en primera instancia por acto sexual violento: el caso de Juliana.
Según documentó El Espectador, en la detención de Colonia se incautaron más de mil videos de agresiones contra mujeres. Pero el disco duro que tenía dichas grabaciones se perdió, tal como lo declaró una de las fiscales del caso a ese medio.
En el caso de Juliana, Colonia continuó agrediéndola hasta que alguien tocó el timbre. Dos hombres entraron. Él la soltó.
“Esos hijueputas la salvaron… no me vuelva a buscar, no me vuelva a llamar, olvídese de todo”, le dijo.
La sentencia:
El proceso de Juliana llegó al Juzgado 8 Penal del Circuito de Bogotá, que el 14 de noviembre de este año emitió sentencia condenatoria en primera instancia contra Colonia por acto sexual violento.
Este fallo contiene dos elementos particulares: primero, la jueza citó jurisprudencia y enfatizó la obligación de valorar la prueba con enfoque de género en delitos sexuales, recordando que el testimonio de la víctima es “la pieza fundamental” para acreditar la existencia del delito y la responsabilidad del agresor.

Cabe señalar que en la sentencia se menciona que el defensor de Colonia sostuvo que el consumo de marihuana “puede alterar la psiquis de las personas”, por lo que consideró que lo relatado por la víctima “correspondía únicamente a su imaginario”.
Sin embargo, la jueza no acreditó la apreciación, teniendo en cuenta que el mismo abogado defensor no tuvo calidad de perito ni allegó un testimonio al proceso que le permitiera sustentar dicha afirmación.
Segundo, la decisión registra el comportamiento agresivo de Colonia hacia los operadores judiciales —especialmente mujeres— durante el juicio. Este interrumpió, insultó, se burló. A Juliana la llamó “zorra” y “mentirosa” en plena audiencia.

Colonia fue condenado en primera instancia, en calidad de autor por el delito de acto sexual violento a nueve años de prisión y a la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término. Asimismo, se le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena por expresa prohibición legal.
Desde Cuestión Pública Feminista, recordamos que casos como el de Juliana exponen la persistencia de un sistema donde incluso en los estrados judiciales la violencia de género intenta imponerse.
*El hecho ocurrido no expone ni culpa a Juliana: ninguna mujer pierde su derecho a la dignidad por decidir dónde está o qué consume.
Pero también muestra que hablar es un acto político, que sostener un testimonio frente a un agresor que no respeta ni a las autoridades es un ejercicio profundo de dignidad y que una sentencia con enfoque de género tiene efectos que van más allá del expediente.
Desde aquí seguiremos haciendo veeduría a estos procesos. Amamos, resistimos, transformamos.
Porque lo que está en juego no es solo una condena.
Es el derecho de las mujeres a vivir, a ser creídas y sobre todo, a ser reparadas.
Es el compromiso —urgente e impostergable— de que ninguna más tenga que salvarse por azar.





