Ya no conocemos el silencio: Sentencia de la Corte Constitucional respaldó el escrache

(27/09/2023)

En la decisión de la Sentencia T-241, tomada el pasado 6 de julio, y conocida el 22 de septiembre de este año, el alto tribunal reiteró que denunciar al agresor en redes sociales hace parte del ejercicio de libertad de expresión por parte de una víctima de violencia basada en género. ¡Están con nosotras!

¿Vulnera una mujer los derechos a la honra, buen nombre e imagen de un tercero al hacer una publicación anónima denunciando presuntos actos de violencia sexual,física y psicológica? Fue una de las cuestiones jurídicas que resolvió la Corte Constitucional frente a la acción de tutela instaurada por Pedro (acusado) contra el perfil de “Alejandra” (víctima) y la red social Facebook. La respuesta fue un no.

Según la magistrada Natalia Ángel, ponente de la sentencia, esto sugiere un avance significativo para la Corte en “el reconocimiento del escrache feminista como un discurso constitucionalmente protegido”, pues “los asuntos de género y violencia sexual contra las mujeres son de interés público y, por lo tanto, cuentan con una protección reforzada por su importancia para el ejercicio de los derechos de las víctimas y para el funcionamiento de la democracia”, según la sentencia C-222 de 2022, incluida en la página 33 del documento. Para probar lo contrario, el ‘escrachado’ deberá demostrar que necesita la protección del derecho al buen nombre, si lo tiene, por medio de buenas conductas y comportamientos sociales.

#EscracheAlAgresor: Cuestión Pública comparte la sentencia completa, que tuvo como ponente a la magistrada Natalia Ángel Cabo, con el fin de brindar herramientas legales descargables y a la mano. Para todas aquellas mujeres que sufren o sufrieron algún tipo de violencia y desean denunciar por medio de la exposición en redes sociales.

Descarga y lee la sentencia completa aquí: