Juezas 2 - Uribe 0: resumen del nuevo revés judicial en contra de Álvaro Uribe

(24/05/2023)

La jueza 41 penal del circuito de Bogotá negó la solicitud de la Fiscalía de precluir en favor del exsenador, es decir de cerrar el proceso antes del juicio. Por esta razón el expresidente podría ser acusado para luego ser juzgado por soborno en la actuación penal y fraude procesal. Sin embargo, el ente acusador y la defensa apelaron la decisión, por lo que el Tribunal Superior de Bogotá deberá revisar lo decidido por la jueza.

La juez Laura Barrera Coronado fue clara en la lectura del fallo: contrario a archivar la investigación, consideró que hay elementos suficientes para inferir la presunta participación del expresidente Álvaro Uribe en los delitos investigados. Por lo que es necesario que el proceso continúe a la etapa de acusación y, de aprobarse, se pase al juicio oral.

La funcionaria judicial hizo un detallado resumen de siete hechos jurídicamente relevantes de este caso de soborno en la actuación penal y fraude procesal. Para cada uno de ellos negó la preclusión solicitada por la Fiscalía General de la Nación, en cabeza del fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Javier Cárdenas.

Entre otros elementos, la decisión consideró que existen pruebas que podrían mostrar la participación del expresidente Uribe y del excongresista Álvaro Hernán Prada (hoy magistrado del Consejo Nacional Electoral) detrás de los ofrecimientos que se le hicieron al testigo Juan Guillermo Monsalve, a través de alias “Caliche”. Esto con el fin de que se retractara de sus afirmaciones sobre presunto paramilitarismo del expresidente y su hermano Santiago Uribe.

Cuando nuevamente solicitó esta preclusión, el fiscal Javier Cárdenas argumentó que no había evidencias de que Juan Guillermo Monsalve hubiera sido paramilitar y que por tal motivo no era un testimonio confiable dentro de este proceso de posible compra de testigos. Este hecho fue desmentido por la periodista Diana Salinas, cofundadora de Cuestión Pública, quién reveló en exclusiva en este medio que Monsalve, alias ‘Guacharaco’ sí figuró en la nómina paramilitar de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU).

Durante la audiencia de ayer, la jueza 41 penal del circuito de Bogotá mencionó esta investigación de Diana Salinas como una fuente de información que se debe considerar. Hoy el fiscal del caso, en su argumentación del recurso de apelación a la decisión de la togada, volvió a negar la vinculación de Monsalve a grupos paramilitares.

La jueza también argumentó que tanto la Fiscalía como la Procuraduría desconocieron el material probatorio recaudado por la Corte Suprema de Justicia, cuando tuvo a su cargo el proceso por soborno y fraude procesal contra Álvaro Uribe. 

En ese sentido hubo otros elementos relevantes que se revisaron. Para la jueza, se puede inferir que sí se habrían hechos pagos a los testigos: por ejemplo, existe una declaración que rinde el exparamilitar Carlos Enrique Vélez, en acuerdo con el abogado Diego Cadena, con ofrecimientos de dinero para declarar en contra del senador Iván Cepeda.

En esa misma audiencia de ayer, la jueza Laura Barrera sostuvo que el expresidente Álvaro Uribe, sí habría participado en el ofrecimiento del soborno a alias Guacharaco a través del abogado Diego Cadena. Este hecho jurídico no fue precluido.

Unas de las pruebas validadas por la jueza 41, el día de ayer, fueron las grabaciones del reloj que usó Juan Guillermo Monsalve en las conversaciones con estas personas que ofrecieron apoyos legales para que cambiara su versión. Reiteró a Juan Guillermo Monsalve como testigo estrella, eso “no está en discusión”, dijo.

Audiencia de preclusión de Álvaro Uribe. Fecha: 23 de mayo de 2023.

Historia del caso

Es necesario precisar que esta investigación penal surgió en 2012 por una  acusación del entonces senador Álvaro Uribe Vélez contra el congresista Iván Cepeda. Supuestamente por utilizar una misión humanitaria, para buscar a exparamilitares en las cárceles y convencerlos de que declaran en su contra.

Seis años después, el 16 de febrero de 2018, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia se abstuvo de abrir investigación en contra del senador Cepeda. En su lugar, compulsó copias contra el denunciante Álvaro Uribe. 

Para la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia era necesario investigar “la presunta participación del doctor Álvaro Uribe Vélez en la manipulación de testigos”, en contra del senador Iván Cepeda.

En un comunicado de julio de 2018, la Corte Suprema afirmó «como reacción a esa providencia judicial [la de febrero de 2018] y al parecer con su consentimiento, personas allegadas al expresidente Uribe habrían emprendido nuevos actos de manipulación de testigos».

Por esa razón el alto tribunal vinculó a Álvaro Uribe Vélez a este proceso, mediante indagatoria el 8 de octubre de 2019,  por los delitos de soborno en la actuación penal y fraude procesal. La Corte Suprema ya había citado a indagatoria a Uribe desde julio de 2018, junto al entonces congresista Álvaro H. Prada, pero está había sido aplazada.

La Fiscalía General de la Nación asumió el caso el 31 de agosto de 2020, luego de que Uribe Vélez renunciara al Senado, buscando así eludir la jurisdicción de la CSJ. En ese entonces, el alto tribunal dejó a disposición de esa entidad el caso, por tratarse de una investigación sin relación con su cargo de congresista.

Es necesario recordar que la Corte Suprema de Justicia ordenó, el 3 de agosto de 2020, la detención domiciliaria del expresidente Uribe como presunto determinador de los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal. El exsenador fue recluido en su finca de Córdoba, El Ubérrimo. 

Contrario a lo sucedido con Uribe, a Prada Artunduaga la CSJ sí lo siguió investigando, y en noviembre de 2022 dejó en firme el llamado a juicio como presunto cómplice de soborno en la actuación penal. Cuestión Pública reveló que el 18 de agosto, ese tribunal había proferido acusación en su contra. 

El 27 de abril de 2022, la jueza 28 penal del circuito, Carmen Helena Ortíz, negó la solicitud de preclusión que en ese entonces hizo la Fiscalía en favor de Uribe. Lo había hecho a través del fiscal Gabriel Ramón Jaimes Durán. En ese entonces, la jueza señaló que «el despacho encuentra que es posible afirmar razonablemente que el exsenador Álvaro Uribe, en extenso sentido, intervino en los hechos objeto de investigación».

La apelación y lo que viene

La defensa del exsenador Álvaro Uribe y la Fiscalía presentaron hoy, ante la jueza 41 penal del circuito, los argumentos de apelación de la decisión tomada ayer por ella. Deberá ser el Tribunal Superior de Bogotá el que los resuelva, con el fin de revisar si la jueza actuó de manera debida.

Dentro de los argumentos presentados por el fiscal Javier Cárdenas, insistió en que “el reloj que se usó como grabadora NO fue aportado a la investigación” y que tampoco se determinó “quién interviene, ni se han realizado cotejos de voz que permitan establecer qué dijo cada persona”.

También señaló que la jueza “omitió valorar lo dicho por López Callejas en la interceptación de comunicaciones”. Que tampoco fue motivo de análisis “la razón por la cual Uribe le pide a Diego Cadena que vaya a escuchar a Juan G. Monsalve”.

El fiscal Cárdenas reiteró que “el argumento de por qué el abogado [Cadena] se presentó [a la cárcel La Picota] no fue analizado ni valorado”. Es decir para el funcionario no fue motivo de análisis suficiente, la razón por la cual Uribe Vélez le pide a Diego Cadena que vaya a escuchar a Juan G. Monsalve. 

Será entonces el Tribunal Superior de Bogotá, el que decida sobre los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y la defensa del expresidente Uribe. En ese sentido el tribunal podrá ratificar la decisión de la jueza 41 penal del circuito o darle validez a las apelaciones del caso.